martes, 17 de noviembre de 2015

resumen unidad 6 "Control Interno"


AUDITORIA NOCTURNA
Es la que se realiza a diario en los hoteles en el turno de la noche, tiene bajo su responsabilidad a los cajeros nocturnos, y los auditores nocturnos de restaurantes, además de cumplir con sus funciones normales como auditor, el auditor nocturno está encargado también de la caja de recepción durante la noche, con todas las funciones de cajero de recepción. Su función principal, es chequear todas las cuentas vivas y las cuentas ciudad de recepción.

El auditor nocturno se encarga de revisar diariamente los cortes de cajas departamentales y otros reportes que le permiten cerciorarse que los ingresos del día se hayan determinado, cobrado, clasificado y registrado conforme a las políticas establecidas. Se llama nocturno porque el trabajo del auditor nocturno comienza a las 11:00 PM; ya que a esa hora o un poco más tarde es cuando llegan a la caja de recepción los últimos diarios de ventas y sus respectivos comprobantes de los departamentos de alimentos y bebidas.
El número de auditores depende de la magnitud del hotel y del promedio de habitaciones ocupadas. En función a las características especiales de operación de un hotel, la hora más apropiada para realizar la auditoria es de las 9:00 PM a las 7:00 AM del día siguiente Sin embargo este horario tiende a variar de acuerdo al hotel.

Todos los procesos realizados en una empresa requieren ser evaluados, estas evaluaciones permiten a quienes supervisan y/o desarrollan estas actividades retroalimentar sus acciones y buscar mejores alternativas que mejoren la eficiencia y eficacia del proceso en general.

La indutria hotelera no esta exenta, en estos negocios, donde las operaciones son significativamente mayores y de gran complejidad es importante contar con un sistema de control interno eficiente, que analice continuamente las operaciones realizadas y detecte rápidamente las situaciones que requieren ser mejoradas o cambiadas, a fin de evitar que estas provoquen mayores problemas a la organización y que puedan repercutir gravemente en la situación de la empresa.

La auditoria nocturna, permite evaluar diariamente, durante el turno inactivo, las operaciones de la empresa, es eficiente y rápida pues le toma menos de 12 horas corregir un error, y debido a que un hotel esta en constante actividad no existe tiempo para cerrar las puertas y revisar detalladamente varios días o semanas de información. Los sistemas informáticos han mejorado aún más los procesos de evaluación y auditoría pues otorgan la información al momento de los registros que se tienen y facilita, a quien revisa, la verificación de la veracidad de las operaciones

unidad 6 resumen equipo # 5

unidad 6 resumen equipo # 5

El auditor nocturno verificará:

Habitaciones: hará una revisión física para comprobar las habitaciones ocupadas y vacías que existan, y que está verificación coincida con los reportes del sistema de recepción.

Ingresos por: 
- Renta de habitaciones: revisará el correcto cálculo de los impuestos y su aplicación en las cuentas de los huespedes. 
- Restaurantes: verificará el cierre de caja con los reportes de ventas, incluyendo aquello que se venda directo a las habitaciones.
- Propinas: revisará las propinas que existan en las cuentas de los clientes, así como aquellas que se hayan cargado en tarjetas de crédito y débito que serán distribuidas entre los empleados.
- Room service, banquetes y restaurantes que se deberán llevar por separado debido a la complejidad y el tiempo requerido para su preparación. Cada servicio debe tener su propia caja.
- Renta de espacios (renta de salones de eventos y reuniones).
- Valet (servicios de lavanderia y tintoreria).
- Teléfonos (cargo a los huespedes por llamadas hechas desde la linea fija de la habitación).
- Estacionamiento (para huespedes o público en general).

unidad 6 Exposición equipo 4












domingo, 15 de noviembre de 2015

Unidad 6. Resumen Equipo #3


Unidad 6. Resumen Equipo #3: Auditoría Nocturna


La auditoría nocturna revisa las cuentas vivas de las operaciones realizadas durante a la jornada del turno del día. Esta se realiza entre las 9:00 P.M. y las 7:00 A.M., la hora ideal para esta actividad son las 11:00 P.M.

El auditor nocturno debe tener el siguiente perfil:
- Escolaridad: Estudiante o egresado de Administración, Contaduría o carreras afines.
- Conocimientos: Conocimientos técnicos sobre registro contable, impuestos, administración hotelera, auditoría, etc.
- Experiencia Laboral: Aproximadamente 1 año como auxiliar contable o auditor auxiliar.
- Características Personales: Buena presencia, trato agradable, responsable, disponibilidad para horario nocturno.

El auditor supervisará y controlará las operaciones, así como verificará la correcta contabilización de las operaciones, por lo que emitirá reportes sobre las transacciones totales de la empresa, reporte sobre los cobros a los huespedes, reporte sobre las ventas, balance de ingresos, reporte de los ingresos extraordinarios distintos al hospedaje, y los cierres de caja hechos por los cajeros al final de su turno.

Funciones del auditor:
- Verificar el trabajo de los cajeros.
- Verificar el correcto cobro de las tarifas del hotel.
- Atender la recepción durante el turno nocturno.
- Hacer el check in y el check out.
- Verificar las habitaciones y los huespedes con los registros en el sistema.
- Verificar las autorizaciones de descuentos.
- Verificar la correcta aplicación de los tipos de cambio en operaciones con moneda extranjera.
- Informar sobre las operaciones con vaucher y tarjetas de crédito.

Resumen Unidad 5 "Disposiciones Legales y Fiscales"

Resumen Unidad 5 "Disposiciones Legales y Fiscales"


Cualquier empresa se encuentra sumergida en un ambiente económico, mayormente controlado por el Gobierno, el cual establece Leyes, Reglamentos y Códigos para lograr recaudar ingresos de las empresas que se encuentran en el territorio que controlan, que a su vez, deberán utlizar para el bien común de toda la sociedad, incluida la misma empresa a quien recaudaron el dinero. Este tipo de contribuciones son conocidas como impuestos y en México se encuentran reguladas por la Constitución en su artículo 31, donde obliga a todos los ciudadanos mexicanos, personas fisicas o morales a contribuir al gasto público. Estas obligaciones se encuentran reglamentadas por diversas leyes secundarias que establecen los motivos, montos y momento de pago de impuestos que el mismo ciudadano debe de calcular y pagar a las autoridades del gobierno (SAT).

Además, las Leyes también buscan el equilibrio e igualdad entre los ciudadanos por lo que establece una diversidad más de obligaciones y derechos para la empresas, algunas de estas los protegen para continuar con sus operaciones, otras protegen a los empleados que contraten, algunas más protegen a la sociedad en general, usuarios de los servicios que ofrecen e incluso el ambiente.

Las empresas, para convivir armónicamente con la sociedad, deben de actuar bajo este marco legal lo que les permite desarrollar una imagen corporativa de compromiso y aumenta el interés y apoyo de la sociedad hacia sus actividades.

Unidad 5. Resumen Equipo #2


Unidad 5. Resumen Equipo #2: Obligaciones de una Empresa de Hospedaje con el Gobierno Estatal y Municipal.


Las empresas dedicadas a la hotelería deben realizar tramites ante el gobierno del Estado, en la Secretaría de Administración y Finanzas, para cumplir sus obligaciones referentes al impuesto sobre el hospedaje, impuesto local del 3% sobre los ingresos por hospedaje; el impuesto sobre nóminas que se paga por el pago de servicios personales subordinados de acuerdo al Capitulo I del Titulo IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

En el ayuntamiento, o gobierno municipal, es necesario hacer trámites preoperativos para la instalación de la empresa, como son el uso de suelo y el permiso de construcción ante la Secretaria de Desarrollo Urbano, posteriormente hay que acudir a Protección Civil y Servicios de Salud para la evaluación de las instalaciones y medición de riesgos. Finalmente, hay que acudir a la tesorería municipal a cubrir una cuota anual por concepto de licencia de funcionamiento para que pueda iniciar operaciones.

Unidad 5. Exposición Equipo #1

Exposición Equipo #1 Unidad 5 "Disposiciones Legales y Fiscales"


Existen leyes, códigos y reglamentos aplicables a todo tipo de empresas, y algunas que se aplican específicamente a las relacionadas con el turismo, como:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, En lo relativo a las Garantías Individuales, el artículo 5o. Se refiere a la libertad de los ciudadanos para dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que mejor le acomode

Las obligaciones más relevantes que pesan sobre los establecimientos de Hospedaje son, entre otras:

CON LA SECRETARIA DE TURISMO

Las entidades  que presten servicios de Hotelería, deberán solicitar ante la Secretaría de Turismo su inscripción al Registro Nacional de Turismo, que es el instrumento por medio del cual la Secretaría capta la información estadística que le permite programar y promover la actividad turística nacional.
El Registro Nacional de Turismo podrá ser consultado por todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal

 CON LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.

Según el Título III de la Ley de Inversión Extranjera publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 27 de Diciembre de 1993, se requiere permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores para la Constitución de Sociedades. Se deberá insertar en los estatutos de las sociedades que se constituyan la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la fracción I del Artículo 27 Constitucional.
                       
Además se requiere permiso de la misma Secretaría para que las sociedades constituidas cambien su denominación o razón social, o para que modifiquen su cláusula de exclusión de extranjeros por la admisión de éstos. 

CON EN SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

Es obligación del Representante legal de la sociedad, registrarla debidamente ante El Servicio de Administración tributaria y dar a conocer a los socios las obligaciones que esto les acarrea.

Una Sociedad Mercantil, en caso de tener empleados, está obligada a hacerles las retenciones correspondientes por concepto de Impuesto Sobre la Renta por las percepciones que éstos tengan, además de retener el 10 % de los Honorarios y Arrendamientos pagados a personas físicas; además de las que se ven en el Capítulo V de éste trabajo.


CON EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

Las empresas, al tener empleados, generan la obligación de registrarse ante el IMSS, obtener un número de registro patronal y pagar puntualmente las cuotas obrero-patronales,  así como inscribir a sus trabajadores, comunicar sus altas, bajas y las modificaciones de su salario dentro de plazos no mayores de 5 días hábiles y en el mes de febrero de cada año presentar Declaración Anual de Riesgo de Trabajo.


 CON LA SECRETARIA DE ECONOMÍA.

A partir del 1º de Enero de 1997  se establece el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) a cargo de ésta misma Secretaría como un instrumento de planeación del Estado, de Información, Orientación y Consulta para el diseño y aplicación de programas enfocados principalmente al establecimiento y operación de las empresas; De referencia para la eliminación de obstáculos al crecimiento del sector productivo y, en general, para el mejor desempeño y promoción de las actividades comerciales e industriales; Considerando la captación de la información y la operación del mencionado sistema como de interés público.

Las empresas deberán proporcionar al SIEM dentro del primer bimestre de cada año,  la información necesaria para identificar sus características económicas a fin de conocer su oferta, demanda de bienes y servicios y  procesos productivos en que intervienen; en relación a la ubicación de cada establecimiento, a la actividad o giro y región correspondiente.

En caso de apertura, cese parcial o total de actividades, o cambio de giro o domicilio las empresas cuentan con dos meses a partir de que esto ocurra para manifestarlo así al sistema en los formatos que establezca la Secretaría de Economía.


  CON LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS.

En México, la mayoría de los Estados de la Federación tienen contemplado el pago de un Impuesto sobre Nóminas, el cual es usualmente del 2% sobre el valor de la nómina de las empresas en su jurisdicción, dependiendo del gobierno de cada estado, los plazos y las formas de pago, así como la creación y distribución de los formatos respectivos.

Por otra parte, existen a nivel nacional impuestos al hospedaje que se recaudan por parte de las entidades federativas, y que en nuestro caso pasó del 2% de la tarifa de hospedaje hasta 2006, al 3% en el 2007, impuesto que es a cargo del usuario del servicio, pero recaudado y enterado al estado por el prestador de servicios.

Los hoteles, como personas morales deben inscribirse en el Registro Público de la Propiedady del Comercio, a fin de que terceros interesados puedan verificar su existencia legal y el estado de que guardan sus representantes.
                                  
  CON LOS MUNICIPIOS.

En la mayor parte de los municipios del país, se requiere una Licencia de Funcionamiento, expedida por el Ayuntamiento correspondiente, la que no es otra cosa que una cooperación para las obras públicas municipales; además, depende de los Ayuntamientos el servicio de agua potable y alcantarillado, por lo que es necesario la comparecencia ante las autoridades municipales para disfrutar de éstos servicios.